6. CONFORMACIÓN DEL COPASST - NORMATIVIDAD
DECRETO 1443 DE 2014
Es un organismo que a través de la promoción,
información y divulgación se encarga de
promover y vigilar las normas de seguridad y salud en el trabajo.
Garantiza que los riesgos de enfermedades y accidentes sean menores.
COMITÈ PARITARIO
Se le
llama paritario debido a que está conformado
por igual numero de personas en
representación al empleador y al trabajador.
Toda persona que sea
funcionaria de la organización puede pertenecer al COPASST.
Los miembros son elegidos para periodos de 2
años. (Decreto 1295— 1994)
Los miembros son elegidos por el empleador.
El objetivo de los miembros del COPASST es generar compromiso, sentido de solidaridad y preocupación por si mismo y por los compañeros de la empresa.
Las empresas que se conforman por menos de 10 empleados
deben tener un Vigía en Seguridad y salud en el trabajo, este cumplirá las
funciones del comité paritario. El COPASST debe estar registrado en el
Ministerio de trabajo.
REUNIONES
Solo asistirán los miembros principales.
Se reunirán mínimo 1 vez
al mes. El empleador debe proporcionar 4
horas .
El comité de reunirse
extraordinariamente en caso de un
accidente grave , dentro de los 5 días
siguientes al accidente.
FUNCIONES DEL COMITÈ PARITARIO
Participar en las
actividades de promoción, información y divulgación.
Vigilancia para el
cumplimiento del SG-SST. -Proponer y participar en actividades de capacitación
en seguridad y salud.
Apoyar la realización de
la identificación de peligros y la evaluación de riesgos.
Ser un organismo de
coordinación entre empleador y los trabajadores.
Tramitar los reclamos de
los trabajadores relacionados con la Seguridad y Salud en el Trabajo.
Estudiar y considerar las
sugerencias que presenten los trabajadores.
Solicitar periódicamente
a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades laborales.
Evaluar los programas
realizados.
Si el empleador se niega a cumplir con las disposiciones de
seguridad y salud en el trabajo puede dar por terminado su contrato con justa
causa y previa diligencia de descargos.
VIDEO
REFERENCIAS






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